Tareas de la unidad de Registro en el Procedimiento genérico

1. DESCRIPCIÓN DE LAS TAREAS A REALIZAR.

En la gestión del expediente electrónico la unidad de Registro juega un papel esencial ya que se le han asignado dos tareas importantes:

2. TAREAS ASIGNADAS A REGISTRO EN EL INICIO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO

Como se ha indicado Registro inicia los expedientes electrónicos cuando se han presentado escritos para procedimientos sin servicios o unidades prefijadas, independientemente se hayan producido de forma telemática o por otras vías. La presentación de los escritos que inician estos procedimientos podría realizarse por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015. Entre ellos:

Expresado de otra forma, en las presentaciones telemáticas de escritos para procedimientos con servicios o unidades prefijadas, (procedimientos en los que la solicitud se remite automáticamente por el programa al servicio o unidad que se ha predeterminado) Registro no interviene.

Las tareas a realizar vienen descritas en el manual genérico del MOAD-Tramita y que se adjunta como Anexo I.

3. TAREAS ASIGNADAS A LA UNIDAD DE REGISTRO DURANTE LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA (REGISTRO, NOTIFICACIÓN O INTERCAMBIO REGISTRAL DE ACTOS)

Durante la tramitación de un expediente el servicio que instruye suele necesitar que determinados actos se trasladen a terceras personas o entidades (bien por ser interesados en ese procedimiento, bien porque se les pide colaboración durante la instrucción del mismo).

Tal como establece la normativa legal cualquier acto que salga de esta administración debe contar con su registro de salida artículo 152 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales). Es además un requisito imprescindible para proceder a su notificación o comunicación.

Pulse aquí para ver el proceso para las notificaciones y/o comunicaciones de actos durante la tramitación electrónica de un expediente.