A. Solicitud

### **Tipo de tarea:**   Formulario

Cumplimentación obligatoria: Sí

Observaciones:

Es el formulario básico e imprescindible del tramitador. Su cumplimentación correcta es importante porque una vez cerrado no permitirá su modificación. El programa utilizará información en él contenida para identificar a las personas interesadas en el procedimiento, la forma de notificación…

Base legal:

El artículo 54 de la Ley 39/2015 establece:

Los procedimientos podrán iniciarse de oficio o a solicitud del interesado.

Artículo 66. Solicitudes de iniciación.

  1. Las solicitudes que se formulen deberán contener:

a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente.

b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación.

c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.

d) Lugar y fecha.

e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.